¿QUIÉN REGULA LOS COPASOS (COPASST)?
Los Comités Paritarios de Salud Ocupacional de cada empresa, están bajo la vigilancia y control del Ministerio de la Protección Social, a través de las diferentes oficinas de Trabajo.
Ahora bien, Los Comités Paritarios de Salud Ocupacional, desarrollan su labor en función de la vigilancia y el control que hacen algunos entes gubernamentales, de actividades específicas, como el Ministerio de Salud, cuando interviene en procesos sujetos a la aplicación de normas de Higiene (Ej.: manufactura de alimentos); el Ministerio del Medio Ambiente para actividades que tienen procesos con emisión de desechos a la atmósfera o de vertimiento a las fuentes de agua; la Súper Intendencia Financiera para regular el cumplimiento de los requisitos presupuestales de las Administradoras de Riesgos Profesionales A.R.P.
También, de Manera práctica, se da un control por parte de la Aseguradora de Riesgos Laborales (ARL) a la que se encuentra afiliada cada empresa, pues la A.R.L. a medida que cumple con la obligación de ofrecer capacitación a los trabajadores de las empresas, también verifica que la ejecución real del Programa de Salud Ocupacional de la empresa esté articulado con el objetivo común de prevenir Riesgos Profesionales, accidentes y enfermedades asociadas con las actividades laborales.
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